Si eres este tipo de trabajador, te toca aguinaldo, según la ley

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En esta época, es común que el grueso de los trabajadores reciba el aguinaldo…pero ¿sabes si te toca o no este ‘dinerito extra’?

La Ley Federal del Trabajo establece en el artículo 87 que los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, mínimo.

Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.

El pago de aguinaldo corresponde a:

Todos los trabajadores de base
De confianza
De planta
Sindicalizados
Por obra o tiempo determinado
Eventuales
Comisionistas
Agentes de comercio o de seguro
Vendedores

Con información de Forbes.