TEPJF deja sin efecto monitoreo del INE sobre ironía y sarcasmo rumbo a 2027

Redacción

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dejó sin efecto el 26 de agosto de 2026 la variable de la metodología del Instituto Nacional Electoral (INE) que contemplaba registrar mecanismos discursivos indirectos como la ironía y el sarcasmo durante la cobertura de las elecciones federales de 2027, al considerar que sus parámetros eran subjetivos y podían inhibir la libertad periodística.

La controversia surgió después de que el Consejo General del INE aprobó el 9 de julio el acuerdo INE/CG350/2026, mediante el cual estableció la metodología y el catálogo de programas de radio y televisión que serán monitoreados durante las precampañas y campañas para diputaciones federales. El esquema incorporaba 14 variables de análisis.

TEPJF cuestiona la variable sobre descalificaciones

La variable impugnada buscaba identificar expresiones que, sin constituir una agresión explícita, pudieran transmitir descalificación, menosprecio o cuestionamiento hacia precandidaturas y candidaturas. Entre los mecanismos contemplados aparecían la ironía o sarcasmo, la minimización, la infantilización, el cuestionamiento implícito de legitimidad y la asociación negativa por identidad.

La metodología señalaba que esas expresiones serían registradas cuando fueran pronunciadas por conductores, locutores, reporteros, analistas o voces en off, y que el monitoreo debía incluir una explicación sobre las razones para clasificarlas dentro de esa categoría. El objetivo no consistía en imponer una multa automática por utilizar sarcasmo o ironía, sino en contabilizar y analizar esas expresiones dentro del ejercicio de monitoreo.

Sin embargo, la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) impugnó la variable ante el TEPJF al considerar que podía afectar la libertad de expresión, el derecho de la ciudadanía a recibir información plural y el ejercicio periodístico. La organización argumentó que la clasificación dependía de interpretaciones subjetivas sobre las expresiones utilizadas en los programas.

Tribunal advierte riesgo para la libertad periodística

La Sala Superior resolvió por unanimidad modificar el acuerdo del INE y eliminar la variable 14. El Tribunal concluyó que los mecanismos planteados carecían de elementos objetivos suficientes para que las personas encargadas del monitoreo determinaran cuándo una expresión debía clasificarse como descalificación indirecta.

El TEPJF también señaló que esa falta de certeza podía generar un efecto inhibidor sobre periodistas y medios de comunicación, además de afectar el debate público durante el proceso electoral. La resolución corresponde a los recursos SUP-RAP-185/2026 y SUP-RAP-188/2026.

La decisión no elimina el monitoreo electoral de radio y televisión. El INE mantiene el ejercicio para conocer el tratamiento informativo de las precampañas y campañas. Para las precampañas están previstos 73 programas y para las campañas 503, de acuerdo con el catálogo aprobado por el Consejo General.

Las precampañas federales están previstas del 4 de enero al 12 de febrero de 2027, mientras que las campañas se desarrollarán del 4 de abril al 2 de junio. El monitoreo continuará sujeto a las variables que permanezcan vigentes después de la modificación ordenada por el Tribunal.

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