SFP destituye a servidor público del SAT e impone multas resarcitorias

SFP destituye a servidor público del SAT e impone multas resarcitorias.

  • La Función Pública resalta el trabajo conjunto con el SAT para prevenir y castigar las ineficiencias y actos de corrupción en los que pudieran estar involucrados servidores públicos.
  • Señala que se está acabando con las viejas prácticas que permitieron los abusos privados en detrimento del interés público.
  • Les impone sanción de inhabilitación por 10 años y multa por casi 57 millones de pesos a dos de ellos y por más de 28 millones de pesos a otro.

La secretaria de la Función Pública, Irma Eréndira Sandoval Ballesteros, anunció sanciones de inhabilitación y multas resarcitorias por casi 86 millones de pesos en conjunto a dos ex servidores públicos y uno más en funciones, a quien se destituyó, del Servicio de Administración Tributaria (SAT), que por omisión y deficiencia en su desempeño llevaron a que no se pudieran cobrar créditos fiscales, con lo cual ocasionaron daños al erario.

En días recientes las secretaria Sandoval Ballesteros representó al Estado mexicano en reunión de alto nivel para el lanzamiento del Informe sobre Rendición de Cuentas, Transparencia e Integridad Financiera Internacional (FACTI, por sus siglas en inglés), en donde expuso que es necesario “mostrar a los ciudadanos de todo el mundo que los gobiernos son capaces de controlar los problemas de blanqueo de capitales y de evasión fiscal, y que se están invirtiendo los recursos necesarios en el desarrollo y en la lucha contra las desigualdades”.

La titular de la Función Pública agregó que “se trabaja de manera conjunta y coordinada con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para prevenir y castigar ineficiencias y posibles actos de corrupción en los que pudieran estar involucrados funcionarios públicos, con lo cual contribuimos a la correcta recaudación fiscal para el beneficio de la población”.

Manifestó que “las personas servidoras públicas deben contar con la altura moral, la capacitación técnica y el compromiso social, a fin de ofrecer resultados óptimos y sobre todo en un ámbito tan relevante como la buena gestión tributaria. Estamos acabando con las viejas prácticas que permitieron los abusos privados en detrimento del interés público”.

En un primer caso, tras una cuidadosa investigación y procedimientos responsabilidades, el Órgano Interno de Control (OIC) en el SAT sancionó con inhabilitación por 10 años y multa total por 56 millones 938 mil 364 pesos a un Subadministrador Local Jurídico, quien también fue destituido, y a una ex Jefa de Departamento de lo Contencioso, adscritos a la ahora Administración Desconcentrada Jurídica de Zapopan, Jalisco.

Al dar seguimiento a una denuncia presentada por la Administración Central de Impuestos Internos del SAT, el OIC determinó que luego de que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó la deuda de una persona física, los funcionarios no realizaron las gestiones necesarias para emitir un crédito fiscal, lo que resultó en daño al erario al no poderse recuperar el monto millonario equivalente a la multa impuesta.

En otro caso, luego de una denuncia presentada por la Administración General de Evaluación del SAT, y tras la respectiva investigación y procedimiento de responsabilidades, el OIC en el organismo sancionó con inhabilitación por 10 años y multa económica por 28 millones 774 mil 125.18 pesos a un ex Abogado Tributario adscrito a la ahora Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Chihuahua.

El OIC en el SAT determinó que, faltando a sus responsabilidades, el exfuncionario público realizó una indebida notificación a una empresa, lo que ocasionó que ya no se le pudiera cobrar un crédito fiscal por la cantidad señalada.

Estas sanciones, en cuyas investigaciones en todo momento se respetaron los derechos de los involucrados, responden a la instrucción de la secretaria Sandoval Ballesteros de atender con toda prioridad y diligencia las denuncias de probables actos de corrupción en el servicio público, quien consideró que éste “no debe ser tomado como un privilegio, sino como una de las más elevadas responsabilidades sociales, y requiere probidad, profesionalismo y eficacia en el desempeño”.

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