Hay cambios en escenario electoral por resoluciones de Tribunal para Quintana Roo

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Hay cambios en escenario electoral por resoluciones de Tribunal para Quintana Roo

En sesión pública, celebrada por el sistema de videoconferencia, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia que el Tribunal Electoral de Quintana Roo en la que modificó parcialmente el acuerdo emitido a la designación del candidato al cargo de síndico del Ayuntamiento de Solidaridad por la coalición “Va por Quintana Roo” integrada por el PRI, PAN, PRD y PCQ.

Esto dado que los agravios expuestos por el suplente en la diputación local por movimiento ciudadano de José Luis Toledo, Adrián Armando Pérez Vera, resultaron a consideración de la Sala Xalapa, fundados y suficientes, dado que la sustitución de un candidato, derivada de una renuncia, actualizó la facultad discrecional del PAN para postularle como candidato.

En esta misma sesión, el tribunal declaró la existencia de violencia política en razón de género ejercida por el candidato a la presidencia municipal de Othón P. Blanco, Quintana Roo, en contra de la candidata propietaria a la sindicatura del mencionado Ayuntamiento, ambos postulados por la Coalición “Juntos Haremos Historia en Quintana Roo”.

Lo anterior, al modificar la sentencia emitida por el Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQRoo) que determinó que no se actualizó la existencia de la citada violencia política, atribuida a diversos integrantes de la planilla postulada por la Coalición antes mencionada para el Ayuntamiento de Othón P. Blanco.

La Sala Regional decretó modificar la sentencia impugnada sólo por cuanto hace a las conductas atribuidas al candidato a la presidencia municipal. Ello, ya que el TEQRoo faltó a su deber de analizar el asunto con perspectiva de género, al no valorar las pruebas ofrecidas para acreditar la existencia de las conductas denunciadas.

Así, el Pleno de la Sala concluyó que existen elementos suficientes para acreditar la existencia de la violencia política en razón de género.

Derivado de lo anterior, se dio vista al Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo para que inscriba el nombre del candidato en el Registro Estatal de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género del estado y realice la comunicación respectiva al Instituto Nacional Electoral para su inscripción en el Registro Nacional. El citado registro deberá durar cinco años cuatro meses.

Diversos medios de comunicación han señalado que debido a esta sentencia, el partido MORENA deberá reemplazar al contendiente sin embargo, se esperan acciones legales de impugnación ante la sentencia.

Por otra parte, el tribunal confirmó las candidaturas de Laura Beristain y Fernando Bacelis para las presidencias municipales de Solidaridad e Isla Mujeres, bajo el mismo criterio con la que fue confirmada previamente la candidatura de Mara Lezama en Cancún, de las cuales no procedieron las impugnaciones presentadas por diversos actores.

En la sesión del 18 de mayo, el TEPJ resolvió 46 medios de impugnación: 37 juicios ciudadanos federales y nueve juicios de revisión constitucional electoral.

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