Redacción
Ciudad de México, 28 de agosto de 2026.- El coordinador general de Política y Gobierno de la Presidencia, Arturo Zaldívar, explicó que una persona con una carpeta de investigación, una imputación o incluso una vinculación a proceso puede aspirar a un cargo de elección popular mientras conserve sus derechos político-electorales. La aclaración ocurre en medio del debate sobre las candidaturas rumbo a 2027 y después de que la dirigencia de Morena, encabezada por Luisa María Alcalde, endureciera su postura política sobre los perfiles que pueden competir por una postulación.
Durante la conferencia matutina de la presidenta Claudia Sheinbaum, Zaldívar precisó que una denuncia o una investigación no bastan para suspender los derechos políticos. El funcionario señaló que el criterio constitucional debe interpretarse bajo el principio de presunción de inocencia y conforme a las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral.
También explicó que una orden de aprehensión no impide automáticamente una candidatura. Para considerar suspendidos los derechos político-electorales deben existir circunstancias jurídicas adicionales, como la condición de prófugo de la justicia, prisión preventiva o una resolución que suspenda expresamente esos derechos.
La situación jurídica y las reglas de los partidos
La explicación de Zaldívar establece una diferencia entre la elegibilidad legal y las decisiones internas de los partidos. Una persona puede conservar constitucionalmente la posibilidad de ser candidata y, al mismo tiempo, enfrentar restricciones derivadas de los criterios de selección de una fuerza política.
En ese contexto, Luisa María Alcalde ha sostenido que Morena definirá sus candidaturas con requisitos propios y procesos internos para evaluar los perfiles. El partido mantiene abierta la discusión sobre los criterios que aplicará rumbo a las elecciones de 2027, en las que estarán en juego gubernaturas, presidencias municipales y cargos legislativos.
El debate cobró fuerza por casos de aspirantes con investigaciones abiertas y órdenes de aprehensión. La presidenta Claudia Sheinbaum había señalado previamente que los partidos pueden decidir no postular a personas involucradas en determinadas situaciones jurídicas, aunque la determinación partidista no sustituye los requisitos establecidos por la Constitución.
Los casos en que sí pueden suspenderse derechos
Zaldívar detalló que una persona denunciada, investigada, imputada o vinculada a proceso puede conservar sus derechos político-electorales si enfrenta el procedimiento en libertad. En esos supuestos, la existencia de una carpeta de investigación no constituye por sí sola un impedimento para buscar una candidatura.
La situación cambia cuando se actualizan causas constitucionales de suspensión de derechos. Entre ellas están la prisión preventiva, una sentencia que establezca la pérdida de derechos políticos y otros supuestos previstos en el artículo 38 constitucional. En el caso de una orden de aprehensión, la autoridad electoral debe analizar las circunstancias concretas.
La aclaración también se produce mientras Morena organiza sus procesos internos para seleccionar candidaturas de cara a 2027. La dirigencia nacional ha anunciado que establecerá requisitos específicos para distintas postulaciones, por lo que una investigación penal puede tener consecuencias políticas dentro de un partido aunque no produzca automáticamente la pérdida de la elegibilidad constitucional.
Así, la regla expuesta por Zaldívar separa dos escenarios: una investigación o carpeta abierta no elimina por sí misma el derecho a ser candidato, mientras que los partidos conservan la facultad de imponer criterios internos adicionales para definir a quiénes postulan.