Estas son las actividades esenciales que no pueden parar ante el brote de COVID-19

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Las operaciones de los programas sociales del gobierno seguirán su curso.

Hugo López-Gatell Ramírez, subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, reiteró que las medidas de seguridad sanitaria dadas a conocer la noche de ayer constan de la suspensión inmediata del 30 de marzo al 30 de abril de 2020 (21 días hábiles) de actividades no esenciales en los sectores públicos, privados y social con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión de del virus SARS-CoV-2 en la comunidad, para disminuir la carga de enfermedad, sus complicaciones y muerte por COVID-19 en la población residente en el territorio federal.

Sin embargo, indicó que hay actividades laborales esenciales que quedan excluidas de las medidas sanitarias como son de la rama médica, paramédica, administrativa y de apoyo en todo el sector salud, público y privado.

Las involucradas en la seguridad pública y la protección ciudadana, en la defensa de la integridad y la soberanía nacional, la procuración e impartición de justicia, así como la actividad legislativa en los niveles federal y estatal.

Las operaciones de los programas sociales del gobierno.

La conservación y mantenimiento de infraestructura crítica que asegura la producción y distribución de servicios indispensables como el agua potable, energía eléctrica, petróleo, gasolina, turbosina, saneamiento básico, transporte público, infraestructura hospitalaria y médica de primer nivel.

Con información de ADN 40.