Padres podrán elegir que apellido llevará primero el hijo

La Cámara de Diputados dio luz verde a las reformas aplicadas a los artículos 58 del Código Civil Federal y 19 de la Ley General de los Derechos de los Niños y las Niñas, que permiten a los padres de familia poder elegir el orden de los apellidos que llevarán sus hijos.

El dictamen se aprobó con 386 votos a favor, 14 en contra y 4 abstenciones realizadas por el Pleno de la Cámara Baja, establece que en el acta de nacimiento del menor se elegirá el orden del apellido paterno y materno a juicio de los progenitores, esto con la asistencia de dos testigos. El acta también deberá presentar el día, hora y lugar de nacimiento, así como el sexo presentado.

Para hacer válida esta opción, el juez u oficial del Registro Civil en turno deberá especificar expresamente el orden elegido de los apellidos, el cual también se considerará para los demás hijos e hijas del mismo matrimonio.

En caso de que no exista un acuerdo, será el juez quien decida este orden de apellidos.

Este decreto entrará en vigor un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, mientras que los Congresos locales tendrán un plazo de 120 días para modificar su respectiva legislación civil conforme a lo que las modificaciones establecen.

Con información de ContraRéplica.

Registro Civil
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