Senado aprueba reforma para frenar pensiones millonarias

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El Senado de la República aprobó por unanimidad una reforma constitucional para limitar las pensiones y jubilaciones de exfuncionarios y altos mandos de empresas del Estado, organismos públicos y banca de desarrollo. El dictamen obtuvo 116 votos a favor en lo general durante la sesión vespertina de este miércoles y forma parte de una iniciativa impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum para reducir pagos considerados excesivos financiados con recursos públicos.

La modificación al artículo 127 de la Constitución establece que las pensiones del personal de confianza en organismos públicos y entidades paraestatales no podrán superar la mitad del salario de la persona titular del Ejecutivo federal. Durante el proceso legislativo se estimó que la medida podría generar ahorros cercanos a 5 mil millones de pesos anuales. Tras su aprobación en el Senado, el proyecto fue turnado a la Cámara de Diputados para su discusión.

Rechazo a cambios de la oposición

Durante la discusión en lo particular, Morena y sus aliados aprobaron el dictamen sin modificaciones con 109 votos, luego de desechar las reservas presentadas por senadores del PAN, PRI y Movimiento Ciudadano. Las propuestas de la oposición planteaban ajustes técnicos al mecanismo de cálculo de las pensiones y sugerían utilizar Unidades de Medida y Actualización (UMA) como referencia, en lugar del salario presidencial.

Legisladores de esos partidos también señalaron dudas sobre la aplicación de la reforma en instituciones con regímenes laborales específicos, como el Poder Judicial y las Fuerzas Armadas. Sin embargo, la mayoría legislativa rechazó los cambios y mantuvo intacto el texto original del proyecto.

Antes de llegar al pleno, el dictamen fue aprobado por unanimidad en comisiones con 32 votos, aunque en esa etapa también se presentaron reservas que no prosperaron.

Qué establece la reforma constitucional

El artículo 127 regula las remuneraciones de los servidores públicos. La reforma introduce nuevas restricciones tanto para salarios como para jubilaciones financiadas con recursos del Estado.

Entre los principales cambios se establece que ninguna persona servidora pública podrá recibir una remuneración mayor a la del titular del Ejecutivo federal, principio ya contemplado en la Constitución pero reforzado con criterios más estrictos.

Además, la reforma señala que ningún funcionario podrá ganar lo mismo o más que su superior jerárquico. Solo se permiten excepciones cuando existan funciones técnicas especializadas, cargos múltiples o condiciones laborales específicas, pero incluso en esos casos el ingreso total no podrá rebasar la mitad del salario presidencial.

La modificación también fija un límite para pensiones y jubilaciones del personal de confianza en organismos públicos, empresas productivas del Estado, fideicomisos y entidades paraestatales de los tres niveles de gobierno. Los contratos laborales o acuerdos internos tampoco podrán establecer beneficios que superen ese límite.

Antecedentes de pensiones elevadas

El debate sobre pensiones de altos funcionarios se intensificó en los últimos años tras la difusión de casos de exdirectivos de empresas públicas que reciben jubilaciones muy superiores al promedio nacional.

De acuerdo con información publicada por el diario La Jornada, en 2019 once exdirectivos de Nacional Financiera (Nafin) recibieron en conjunto 22 millones de pesos en pensiones. Además, conservaron prestaciones adicionales cercanas a 2 millones de pesos anuales, incluso cuando algunos ocuparon el cargo por menos de tres años.

Ese mismo reporte señaló que una docena de exfuncionarios de alto nivel había acumulado 337 millones de pesos en pensiones y beneficios durante su retiro.

El tema también ha sido contrastado con las pensiones promedio del sistema de Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore), que rondan 5 mil pesos mensuales, mientras algunos exfuncionarios han llegado a recibir hasta medio millón de pesos al mes.

La reforma constitucional deberá ser analizada ahora por la Cámara de Diputados, donde continuará el proceso legislativo para su eventual aprobación definitiva.

Fuente: SPR Informa

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