La secretaria de Energía, Luz Elena González, comunicó que el próximo 3 de octubre se publicarán dos normas oficiales mexicanas en el Diario Oficial de la Federación. Estas regulaciones, identificadas como NOM-EM-006-ASEA-2025 y NOM-EM-007-ASEA-2025, buscan fortalecer el control sobre el transporte y la distribución del gas licuado de petróleo.
Colaboración interinstitucional
Durante la mañanera de este 2 de octubre, la funcionaria indicó que estas normas son producto de un trabajo coordinado entre la Secretaría de Energía, la Comisión Nacional de Energía, la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) y la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.
Normativas más específicas
Explicó que aunque actualmente existe una norma que regula conjuntamente las actividades de transporte y distribución de gas LP, estas operaciones tienen diferencias significativas. Por esta razón, las dos nuevas normativas serán más específicas para cada actividad, con un instrumento regulatorio particular que considera las características específicas de cada ámbito.
Puntos clave de las nuevas regulaciones
Entre los aspectos que se reforzarán con estas disposiciones se encuentran:
Cumplimiento de programas de mantenimiento
Se requiere demostrar el cumplimiento del programa de mantenimiento de las unidades vehiculares, presentando el dictamen correspondiente ante la ASEA.
Pruebas de seguridad en unidades
Obligación de acreditar la realización de inspecciones visuales internas y pruebas periódicas de presión hidrostática en los recipientes y elementos de seguridad de los vehículos de transporte.
Certificación de operadores
Los conductores deben acreditar capacitación teórico-práctica mediante un estándar de competencia específico para el transporte y distribución de gas LP.
Control y monitoreo vehicular
Se exige contar con dispositivos de control de velocidad y sistemas de GPS para el monitoreo permanente de las unidades.
Plazos de implementación
González Escobar señaló que ambas normas serán obligatorias para todas las unidades de transporte y distribución de gas LP. Se establece un plazo de 4 meses desde su entrada en vigor para demostrar su cumplimiento.
Las unidades de distribución con capacidad superior a 5 mil litros y antigüedad igual o mayor a 10 años tendrán 4 meses para adecuarse, mientras que el resto de las unidades de distribución dispondrá de 6 meses para cumplir con los requerimientos.
Programa de verificación adicional
La funcionaria agregó que, complementariamente a las normas, se implementará un programa de inspecciones conjuntas para verificar el estado de los componentes de seguridad, enfocado en:
- Condiciones físico-mecánicas de las unidades
- Estado de los elementos de seguridad del recipiente de transporte
- Vigencia de los permisos de operación
- Registro en el padrón vehicular
- Evidencia de cumplimiento de normas aplicables
- Transición hacia mayor verificación técnica
Por su parte, la presidenta Claudia Sheinbaum destacó que con estas normas se implementarán verificaciones técnicas en centros de distribución y unidades, a diferencia del sistema anterior que dependía principalmente de los reportes de las empresas.
“Antes se confiaba en el reporte de la empresa, ahora no, va a haber una inspección. Antes era una inspección visual nada más, ahora se tienen que hacer pruebas. Con ello se busca que no tengan fugas, que vayan a una velocidad controlada y que haya una vigilancia permanente”, precisó la mandataria.
Hacia un nuevo esquema de seguridad operativa
Finalmente, se explicó que con la emisión de estas dos nuevas normas se avanza hacia un esquema regulatorio que considera que la velocidad, condiciones de manejo y estado de las unidades no son solamente materia de tránsito, sino que representan esencialmente un tema de seguridad industrial y operativa.

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Con información de SPR Informa https://sprinforma.mx/ver/portada/publicara-gobierno-de-mexico-dos-normas-para-fortalecer-la-regulacion-del-transporte-y-distribucion-del-gas-lp