Valida SCJN reformas a la Ley de Movilidad del estado de Quintana Roo

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión remota del Tribunal Pleno, realizada a través del sistema de videoconferencia, reconoció la validez de diversos preceptos de la Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo, reformados mediante decreto publicado el 16 de enero de 2019, al considerar que no invaden las atribuciones del municipio de Solidaridad del mismo estado, en materia de tránsito y vialidad, además de que no transgreden su libre administración hacendaria.

En lo relativo a las competencias en materia de tránsito y vialidad, la SCJN validó preceptos que establecen, entre otros aspectos, la distribución de facultades para la expedición de licencias para conducir; la regulación de vías públicas y el tránsito por vías primarias; las facultades del Director de Tránsito del Estado; así como la normativa aplicable para la imposición de multas de tránsito.

Por lo que se refiere a las alegadas afectaciones a la hacienda municipal, el Pleno estableció que si bien forman parte de dicha hacienda los ingresos que las legislaturas de los estados establezcan a favor del municipio, el servicio de transporte no es exclusivo de éste y, por tanto, no se considera violada la competencia ni afectada la hacienda municipal por haber dejado de percibir lo correspondiente a los servicios públicos de transporte.

De esta forma, la SCJN reconoció la validez de la reforma a la primera parte del párrafo cuarto del artículo 3, las fracciones XLI y LVIII del artículo 5, la fracción XXX, inciso a) del artículo 25, las fracciones VII y VIII del artículo 38; la derogación de las fracciones I, IV y VII del artículo 39; así como la adición de los artículos 89, 205, 207, fracciones II, IV y IX, 216, 217 y 240; todos de la Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo, publicados mediante decreto 298, en el Periódico Oficial de la misma entidad, el 16 de enero de 2019.

Controversia constitucional 121/2019, promovida por el Municipio de Solidaridad, Quintana Roo, en contra de los Poderes Legislativo y Ejecutivo del mencionado Estado, demandando la invalidez de diversas disposiciones de la Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo, publicada en el Periódico Oficial de esa entidad el 16 de enero de 2019, mediante Decreto 298.

 

Comunicado emitido por la SCJN.

Ley de movilidad del estado de Quintana RooSCJN
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