Aprueba IEQROO lineamientos para el desarrollo de las sesiones de los cómputos municipales

Aprueba IEQROO lineamientos para el desarrollo de las sesiones de los cómputos municipales.

Así como el Cuadernillo de Consulta sobre votos válidos y votos nulos para el desarrollo de la sesión permanente de Cómputos Municipales del Proceso Electoral Local 2020-2021.

El Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), en sesión virtual ordinaria aprobó los Lineamientos para el Desarrollo de las Sesiones de los Cómputos Municipales del Instituto Electoral de Quintana Roo dentro del Proceso Electoral Local 2020-2021, así como el Cuadernillo de Consulta sobre Votos Válidos y Votos Nulos para el Desarrollo de la Sesión Permanente de Cómputos Municipales del Proceso Electoral Local 2020-2021.

Cabe señalar que, el objetivo de este documento es que en la sesión de cómputos municipales en la que se realicen los recuentos se facilite la interpretación del sentido del voto reservado, buscando atender siempre a la intencionalidad de la voluntad del electorado al momento en que emitió su sufragio, sin perder de vista que el voto emitido puede contener diversos signos, leyendas, marcas, entre otras particularidades, mismas que permiten advertir la voluntad de la ciudadanía que acudió a emitir su voto.

Al resolver sobre la validez o nulidad de los sufragios emitidos, se debe tener presente no solo la aplicación mecánica y literal de lo establecido por el artículo 288 de la Ley General y el Anexo 17 del RE, sino que se debe atender fundamentalmente, la posibilidad de poder determinar y garantizar con toda certeza el sentido del sufragio.

El Cuadernillo de Consulta para votos válidos y votos nulos para el desarrollo de la Sesión Permanente de Cómputos, es un instrumento didáctico que servirá a los Consejos Municipales como órganos autónomos, como instrumento de interpretación y toma de decisiones en el tema de los votos reservados para la determinación colegiada de la validez o no del sufragio. Este cuadernillo, contiene criterios meramente casuísticos y únicamente sirve como guía para la calificación del voto, sin que, en ningún momento, pueda considerarse que el mismo constituye un instrumento vinculatorio hacia los usuarios del mismo.

En otro punto del orden del día, el Consejo General del IEQROO aprobó ratificar el espacio físico en el que actualmente se encuentra la bodega central electoral del Instituto Electoral de Quintana Roo para el Proceso Electoral Local 2020-2021, misma que se encuentra ubicado en la planta alta a un costado del estacionamiento principal del Instituto, toda vez que la misma brindó la mayor seguridad requerida para el resguardo de la documentación electoral utilizada en los procesos electorales locales ordinarios 2017-2018 y 2018-2019.
Siguiendo con el orden del día, el Consejo General del Instituto, aprobó el acuerdo por medio del cual se ajustan los plazos para el desarrollo de las acciones inherentes a la planeación y habilitación de espacios para el recuento de votos.

En atención a la actualización de fechas determinadas por el INE, que inciden en las acciones inherentes al proceso de planeación para la habilitación de espacios para el recuento de votos y demás inherentes al desarrollo de los cómputos municipales en el actual proceso electoral, atendiendo al principio de certeza, se adecua la calendarización correspondiente conforme a lo siguiente:

Integración por parte de los Órganos desconcentrados del OPL, de la propuesta para la habilitación de espacios para el recuento de votos con las alternativas para todos los escenarios de cómputos, inicia el 1 de marzo y concluye el 7 de marzo del año en curso; informe al Consejo General del OPL de los escenarios de cómputos de la totalidad de sus Órganos desconcentrados, inicia el 1 de mayo y concluye el 7 de mayo del presente año.

Asimismo, la remisión a la JLE del INE en la entidad, las propuestas de escenarios de cómputos al OPL y a su vez informar de las mismas a la UTVOPL del INE, inicia 8 de mayo y concluye 12 de mayo del presente año; aprobación por parte del órgano competente del OPL, del acuerdo mediante el cual se designa al personal que participará en las tareas de apoyo a los cómputos municipales que inicia 26 de abril y concluye 5 de mayo del año en curso; aprobación por parte de los órganos competentes del OPL, de los distintos escenarios de cómputos que inicia el 8 de mayo y concluye el 15 de mayo de 2021 y la aprobación por parte del órgano competente del OPL, del acuerdo por el que se habilitarán espacios para la instalación de grupos de trabajo y, en su caso, puntos de recuento que inicia y concluye el 8 de junio del año en curso.

Siguiendo con el orden del día, el Consejo General del Instituto atendió la consulta realizada por el ciudadano José Ángel Muñoz González, quien se ostenta como precandidato del partido político nacional denominado Redes Sociales Progresistas, en el sentido que dicho ciudadano realiza una consulta a este Instituto, misma que para mayor ilustración se transcribe a la literalidad:

“Me permito formular a ustedes la presente consulta a fin de que se me determine si en algún momento dentro del calendario electoral deba el suscrito retirarse; y en su caso en que momento; de su función como comunicardor -sic- de la radio. en la inteligencia que dentro de mis transmisiones en el espacio_aire – sic- designado, no manifiesto en lo personal promoción o procelitismo -sic- alguno a mi favor; limitándome a la función de trabajo como informador y comunicador social. siendo además tal actividad, mi única fuente de ingreso.”

El Consejo General dio a conocer que la duda del consultante es referente a la separación del cargo que actualmente desempeña como comunicador, se hace del conocimiento que, con base en lo razonado en este Acuerdo, puede continuar desempeñando dicha actividad en cualquiera de las etapas establecidas en el Calendario Integral del Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021, con las consideraciones y restricciones invocadas dentro de este documento jurídico.

Por otra parte, el consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, determinó aprobar los “Lineamientos para liquidación de los partidos políticos locales registrados ante el Instituto Electoral de Quintana Roo”, que en su alcance normativo incluye temas como la pérdida de registro de los partidos locales, así como de la designación de un interventor con sus respectivas facultades en el procedimiento de liquidación y la descripción del mismo en su diferentes fases, documento integral y de observancia general para todos los que intervenga en las referidas actividades.

Como se recordará el pasado el seis de enero de 2021, el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, mediante la Resolución IEQROO/CG/R-001-2021, determinó la pérdida de registro del partido político local Encuentro Social Quintana Roo.

Asimismo, se rindieron informes mensuales presentada por la Secretaría Ejecutiva, sobre el ejercicio de la función de Oficialía Electoral; informe con respecto a los reportes del monitoreo de los medios de comunicación que emitan espacios de noticias en radio, televisión, medios impresos y medios digitales durante el Proceso Electoral Local 2020-2021; informe mensual en materia de encuestas y sondeos de opinión conforme a lo previsto en el artículo 144 del reglamento de elecciones emitido por el Instituto Nacional Electoral.

Asi como, el informe de los procedimientos de adjudicación tramitados a través del Comité de Contrataciones, Adquisiciones y Bajas del IEQROO, informe que se presenta al Consejo General del Instituto respecto al proceso de elaboración y de revisión de los proyectos de lineamientos para el desarrollo de los cómputos municipales del Instituto Electoral de Quintana Roo y del cuadernillo de consulta sobre votos válidos y votos nulos para el desarrollo de la sesión de permanente de cómputos municipales.

Finalmente se aprobaron las resoluciones del Consejo General respecto a los Procedimientos Ordinarios Sancionadores registrados bajo los números IEQROO/POS/042/2020; IEQROO/POS/043/2020; IEQROO/POS/044/2020; IEQROO/POS/046/2020 e IEQROO/POS/047/2020.

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