La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que, ante vacíos legales, las personas firmantes de contratos de gestación subrogada pueden acudir ante jueces para que estos verifiquen la legalidad del acuerdo y, de cumplirse las garantías y respetarse los derechos humanos de la mujer gestante, ordenen al Registro Civil la expedición del acta de nacimiento. La resolución se dio tras analizar un caso de la Ciudad de México y busca evitar prácticas irregulares en un tema aún no regulado en la mayoría del país.
Revisión judicial para evitar abusos
El Pleno de la SCJN validó que, frente a la falta de regulación expresa, la intervención judicial es clave para revisar este tipo de acuerdos y evitar vulneraciones a derechos humanos. La Corte subrayó que el objetivo no es legitimar contratos prohibidos, sino garantizar que no exista engaño, coacción o aprovechamiento de condiciones de vulnerabilidad.
La ministra Loreta Ortiz Ahlf enfatizó que esta revisión es indispensable para asegurar que la persona gestante haya otorgado un consentimiento libre, previo e informado, sin presiones ni abusos. Este punto fue central en el debate, al tratarse de un tema sensible que ha generado controversia social y legal.
El caso que detonó la discusión
Ministras y ministros analizaron el caso de una pareja homoparental de la Ciudad de México conformada por dos hombres, quienes firmaron un acuerdo con una mujer para la implantación de embriones mediante fertilización in vitro. Tras el nacimiento, solicitaron que un juez ordenara al Registro Civil expedir el acta de nacimiento de su hijo o hija.
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Sin embargo, un juzgador rechazó inicialmente la petición con base en el Código Civil Federal, que establece que la filiación no puede ser objeto de convenio ni transacción. Esta negativa llevó el caso hasta el Pleno de la Corte, donde se abrió un intenso debate jurídico.
Debate en el Pleno y límites legales
El ministro presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, aclaró que no se trata de dar carácter contractual a algo que la ley no reconoce, sino de que el juez garantice que los derechos de todas las partes estén protegidos. La función judicial, dijo, es asegurar legalidad y derechos, no legislar desde los tribunales.
Por su parte, el ministro Irving Espinoza Betanzo recordó que corresponde a los congresos estatales decidir si regulan o no la gestación subrogada. Subrayó que el Poder Judicial no puede sustituir al legislativo, aunque sí puede resolver casos concretos ante la ausencia de normas claras.
Una resolución con impacto nacional
Actualmente, la maternidad subrogada solo está legislada de forma expresa en Tabasco y Sinaloa. La resolución de la SCJN establece jurisprudencia obligatoria para todos los órganos jurisdiccionales del país, lo que brinda certeza jurídica en casos similares.
Aunque no legaliza de manera general la gestación subrogada, el fallo marca un precedente que podría abrir la puerta a más solicitudes judiciales y reavivar el debate nacional sobre una práctica que avanza más rápido que las leyes.
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— De Luna Noticias (@DeLunaNoticias1) February 2, 2026