Patrones deben adecuar reglamentos internos y proveer asientos con respaldo para trabajos de pie
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) informó este lunes 15 de diciembre de 2025 que todas las disposiciones de la reforma laboral conocida como “Ley Silla” son ahora plenamente exigibles, lo que obliga a los centros de trabajo a proporcionar sillas con respaldo y establecer pausas para empleados que laboran de pie. La dependencia federal anunció que incorporará la verificación de este cumplimiento en su programa de inspecciones para el próximo año.
La vigencia total deriva del decreto publicado el 19 de diciembre de 2024 y de las disposiciones sobre factores de riesgo de trabajo emitidas el 17 de junio de 2025. El marco legal tiene como objetivo garantizar el derecho al descanso durante la jornada para quienes realizan actividades en bipedestación.
Obligaciones inmediatas para patrones
A partir de este 15 de diciembre, los patrones de los sectores industrial, comercial y de servicios deben cumplir con tres obligaciones principales. Los patrones deben proporcionar sillas o asientos con respaldo a los trabajadores que laboren de pie, ya sea en su propio puesto o en un área cercana si la actividad no lo permite directamente.
La segunda exigencia es la modificación del Reglamento Interior de Trabajo de cada centro laboral. En él deben quedar incorporados de forma específica los factores de riesgo asociados a trabajar de pie, la duración y frecuencia de las pausas durante la jornada, y la ubicación y disponibilidad de los asientos provistos.
Los patrones deben establecer y respetar los tiempos de descanso acordados con los trabajadores, conforme lo permita la naturaleza de las actividades. Esta es la tercera obligación vigente.
Inspecciones programadas para 2026
La STPS hizo un llamado a los patrones para cumplir cabalmente con las nuevas disposiciones. La dependencia detalló que la verificación del cumplimiento de la “Ley Silla” formará parte de su Programa Anual de Inspección para el año 2026.
El objetivo de la norma, según la Secretaría, es asegurar condiciones que favorezcan la salud, el descanso y la prevención de riesgos laborales para todos los trabajadores que realizan sus actividades en bipedestación. El incumplimiento de estas obligaciones puede hacer a las empresas acreedoras a sanciones administrativas.
Fuente: SPR Informa
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— De Luna Noticias (@DeLunaNoticias1) December 16, 2025