Corte Suprema frena comisiones excesivas de las Afores para blindar el ahorro de los trabajadores

En una decisión histórica para la seguridad financiera de millones de mexicanos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló los límites legales a las comisiones que cobran las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), estableciendo un precedente para la protección del ahorro pensionario.

El fallo del Pleno rechazó un amparo interpuesto por la Afore InverCap, confirmando así la constitucionalidad del Artículo 37 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, que impone topes a estas comisiones.

Un mercado regulado, no libre

Durante la discusión, la Ministra Yasmín Esquivel Mossa sentó un principio crucial: el sistema de ahorro para el retiro no está sujeto a las leyes del libre mercado. Aclaró que se trata de un sistema de orden público, cuyo objetivo principal es la protección de los trabajadores y sus recursos.

“Los agentes que allí se desenvuelven, no cuentan con total autonomía para operar en un mercado que prime la libre competencia”, afirmó la ministra, subrayando que las Afores están sujetas a una estricta regulación.

El impacto directo en el bolsillo del trabajador

¿Cómo se calcula el tope? La ley mexicana establece que la comisión máxima debe basarse en el promedio de lo cobrado en países de referencia como Estados Unidos, Colombia y Chile. Actualmente, el promedio de comisiones en México es del 0.54% sobre los saldos administrados.

La Ministra Loretta Ortiz Ahlf explicó la racionalidad detrás de estos límites. Destacó que, debido a la baja proporción del salario que se destina al ahorro, una pensión digna solo era alcanzable para una minoría. Citando datos de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), recordó una relación directa: a menor comisión, mayor el ahorro final del trabajador.

“Si las comisiones disminuyen, el ahorro promedio del trabajador se incrementa”, señaló la ministra Ortiz, enfatizando la necesidad de velar por el futuro económico de la población.

Un fallo a favor de la seguridad social

Con esta sentencia, la SCJN no solo resolvió un recurso legal, sino que reafirmó su compromiso con los derechos de seguridad social. El mensaje es claro: los recursos financieros de los trabajadores deben ser salvaguardados, priorizando el bienestar colectivo sobre los intereses comerciales de las administradoras. Esta decisión sienta las bases para un sistema de pensiones más justo y transparente.

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Con información de Once Noticias Digital https://oncenoticias.digital/nacional/scjn-avala-tope-a-comisiones-de-afores/528588/

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